Una de las preguntas más frecuentes entre empresas y autónomos cuando descubren que VeriFactu es obligatorio es siempre la misma: ¿qué pasa si no me adapto?

La respuesta no es ambigua. La normativa establece un régimen sancionador claro, con importes concretos y responsabilidades diferenciadas según si eres usuario del software o fabricante. No adaptarse a tiempo no es una zona gris: es una infracción tributaria grave con consecuencias reales.

En este artículo te explicamos qué sanciones establece la ley, quién está expuesto a ellas, qué riesgos van más allá de la multa y cómo evitarlo con iaGestión de iAvanza.

Si primero quieres entender qué es VeriFactu y cuándo entra en vigor, puedes consultar nuestra guía completa de software de facturación VeriFactu antes de seguir leyendo.

El marco legal: dónde están las obligaciones VeriFactu

Las obligaciones VeriFactu nacen de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, conocida como Ley Antifraude. Esta ley introdujo en la Ley General Tributaria el artículo 201 bis, que tipifica como infracción grave la fabricación, comercialización, tenencia y uso de sistemas informáticos de facturación que no cumplan los requisitos técnicos establecidos por la AEAT.

El desarrollo técnico de esos requisitos está en el Real Decreto 1007/2023: qué tiene que hacer un programa para ser conforme, qué campos deben incluir los registros, cómo funciona el hash y qué modalidades existen.

El régimen sancionador distingue claramente entre dos tipos de responsables: los fabricantes y distribuidores de software, y los usuarios que lo utilizan para facturar. Las sanciones son distintas para cada uno.

Sanciones VeriFactu para usuarios: empresas y autónomos

Si eres autónomo, empresa o negocio que usa un software de facturación que no cumple con las obligaciones VeriFactu, la ley establece una sanción de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal.

Esta sanción se aplica en los siguientes supuestos:

  • Usar un sistema informático de facturación que no esté adaptado a los requisitos técnicos cuando VeriFactu es obligatorio para ti.
  • Alterar o manipular un dispositivo o sistema que sí estuviera certificado.
  • Tener en tu poder sistemas que permitan llevar una doble contabilidad o manipular registros, aunque no los estés usando activamente.

 

El importe se aplica por ejercicio. Si en 2027 y 2028 sigues usando un software no adaptado, la sanción puede acumularse: 50.000 euros en 2027 y otros 50.000 en 2028.

Las obligaciones VeriFactu que debes cumplir

Para entender qué puede desencadenar una sanción, conviene tener claro qué exige la normativa. Un sistema informático de facturación conforme con las obligaciones VeriFactu debe:

  • Generar registros inalterables por cada factura emitida.
  • Encadenar todos los registros mediante hash criptográfico.
  • Incluir código QR en cada factura o ticket.
  • Conservar los registros durante el tiempo legalmente establecido.
  • Disponer de la declaración responsable de conformidad del fabricante con el Real Decreto 1007/2023.
  • En modalidad VeriFactu, enviar los registros a la AEAT automáticamente.

 

Si tu programa no cumple alguno de estos puntos, estás expuesto al régimen sancionador una vez llegue tu fecha límite. iaGestión los cumple todos de forma nativa: registros inalterables, encadenamiento con hash, código QR en cada factura, envío automático a la AEAT y declaración responsable de conformidad incluida. Si quieres comprobarlo antes de comprometerte, solicita una demo gratis y te lo mostramos sin compromiso.

VeriFactu obligatorio: fechas que no puedes ignorar

Uno de los argumentos más repetidos para no actuar es que todavía queda tiempo. Es cierto que hay un aplazamiento, pero las fechas son concretas y están vigentes.

  • 29 de julio de 2025. Ya pasó. Desde ese día, cualquier software de facturación que se venda debe cumplir la normativa. Los fabricantes ya están obligados.
  • 1 de enero de 2027. Fecha límite para sociedades: SL, SA, cooperativas y cualquier entidad sujeta al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027. Fecha límite para autónomos y personas físicas en IRPF.

 

Puedes ver el detalle completo de fechas en nuestro artículo sobre cuándo entra en vigor VeriFactu

Lo que conviene entender es que esperar hasta la fecha límite para empezar la adaptación es una estrategia arriesgada. Los proveedores de software y las asesorías van a acumular mucha carga de trabajo cuando se acerquen las fechas. Quienes migran antes lo hacen con más calma, con menos errores y sin riesgo de interrupciones en su actividad.

 

Los riesgos reales más allá de la multa

La sanción económica es el riesgo más visible, pero no el único. En la práctica, no cumplir con VeriFactu obligatorio tiene otras consecuencias que también afectan al negocio.

Problemas en una inspección. Si Hacienda te inspecciona y tu software no cumple, no puedes demostrar la integridad de tu facturación. No puedes acreditar que los registros no han sido manipulados. Eso complica cualquier procedimiento de comprobación, incluso si tu contabilidad está perfectamente en orden.

Migración urgente bajo presión. Si en enero o julio de 2027 sigues con un sistema no adaptado y te ves obligado a cambiar con urgencia, la migración apresurada genera errores, pérdidas de historial e interrupciones en la actividad. Y justo en ese momento, los proveedores de software estarán saturados de solicitudes de última hora.

Falta de código QR en tus facturas. El código QR es un requisito visible para cualquier cliente o proveedor. Una factura sin él es una señal inmediata de incumplimiento, con todo lo que eso puede implicar en relaciones comerciales.

Incompatibilidad futura con la factura electrónica. VeriFactu y la factura electrónica obligatoria son normativas distintas pero complementarias. Adaptarte ahora a VeriFactu con un software profesional te prepara también para cuando llegue la segunda obligación, evitando un doble cambio de sistema. Puedes ver más sobre esto en nuestro artículo sobre VeriFactu para autónomos.

 

 

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Cómo evitar las sanciones VeriFactu

La forma de evitar las sanciones es sencilla: VeriFactu es obligatorio, y cumplirlo requiere usar un software de facturación conforme con los requisitos del Reglamento antes de que llegue tu fecha límite.

Para comprobar si tu software actual cumple, verifica estos puntos:

  • Tus facturas incluyen código QR en cada documento.
  • Tu proveedor tiene publicada una declaración responsable de conformidad con el Real Decreto 1007/2023.
  • Los registros de tu facturación son inalterables y están encadenados entre sí.
  • Tu proveedor ofrece actualizaciones normativas automáticas sin coste adicional.
 

Si alguno de estos puntos no está cubierto, necesitas cambiar de software antes de tu fecha límite.

 

Con iaGestión las obligaciones VeriFactu están cubiertas

iaGestión cumple todos los requisitos del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación: registros encadenados con hash, código QR en cada factura, envío automático a la AEAT y declaración responsable de conformidad incluida. Llevamos más de 25 años desarrollando software de gestión para empresas y autónomos, y las actualizaciones normativas llegan automáticamente sin que tengas que hacer nada.

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Al final, un buen programa de facturación no solo sirve para emitir facturas. También debe ayudarte a trabajar con más tranquilidad, control y seguridad fiscal.

 

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Preguntas frecuentes sobre las sanciones VeriFactu

Sí, para cualquier autónomo que use un programa informático para emitir facturas, salvo los acogidos al SII y los de territorios forales con normativa propia. La fecha límite para autónomos es el 1 de julio de 2027.

Sí. Los autónomos en estimación objetiva por módulos también están obligados a cumplir con VeriFactu si usan software para emitir facturas. Su fecha límite es el 1 de julio de 2027.

Para usuarios: hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal. Para fabricantes y distribuidores de software no conforme: hasta 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de software. Si un fabricante tiene dos productos incumplidores, la sanción puede llegar a 300.000 euros.

Puedes enfrentarte a una sanción de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal. Además, en una inspección no podrás acreditar la integridad de tu facturación, lo que complica cualquier procedimiento de comprobación.

No. El aplazamiento aprobado a finales de 2025 solo movió las fechas de obligatoriedad para el usuario final a 2027. La normativa sigue vigente y los fabricantes de software ya están obligados desde julio de 2025.

Hasta tu fecha límite tienes margen como usuario, pero cuando llegue esa fecha el riesgo de sanción es tuyo. Y si tu software fue comercializado después de julio de 2025 sin cumplir la normativa, el fabricante ya está incumpliendo.

Pide a tu proveedor la declaración responsable de conformidad con el Real Decreto 1007/2023 y comprueba que tus facturas incluyen código QR. Si no puede facilitarte esa declaración, el software no está adaptado.

Sí. Cumple todos los requisitos: registros inalterables con hash, código QR en cada factura, envío automático a la AEAT y declaración responsable incluida. Solicita una demo gratis y compruébalo tú mismo.

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